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Procedimientos de queja del Título VI La Ciudad de Minden se asegurará de que todas las quejas recibidas por los individuos se envíen correctamente a la agencia correspondiente. La investigación de estas quejas no será realizada por la Ciudad, sino por NDOT o la Administración Federal de Carreteras. Procedimiento de queja por discriminación para la Ciudad de Minden La ley federal prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, origen nacional en cualquier programa o actividad de Ciudad de Minden. Esta prohibición se aplica a todas las sucursales de la Ciudad de Minden, sus contratistas, o consultores y cualquier otra persona que actúe en nombre de la Ciudad de Minden. La ley federal requiere que la Ciudad de Minden investigue, rastree y reporte quejas de discriminación. Las quejas deben presentarse por escrito y se investigarán dentro de los sesenta (60) días posteriores a la presentación. Si necesita ayuda para presentar su queja o necesita servicios de interpretación, por favor contacte el Gerente de Servicios Administrativos de las Ciudades. ¿Quién es elegible para presentar una queja? Cualquier persona que crea que ha sido excluido de participar, que se le negaron los beneficios o que de alguna otra manera fue objeto de discriminación en virtud de cualquier programa o actividad de Ciudad de Minden debido a su raza, color, o origen nacional puede presentar una queja. La discriminación incluye falta de acceso, acoso, represalias e impactos dispares de un programa o actividad. El acoso incluye una amplia gama de comportamientos verbales o físicos abusivos y humillantes. Las represalias incluyen intimidar, amenazar, coaccionar o participar en otra conducta discriminatoria contra alguien porque presentaron una queja o participaron en una investigación de discriminación. ¿Cómo presentar una queja? Las quejas deben presentarse por escrito dentro de los 180 días a partir de la última fecha de la supuesta discriminación. Sin embargo, comuníquese con el Gerente de Servicios Administrativos de la Ciudad de Minden si cree que su queja puede estar fuera de este plazo. Se harán esfuerzos razonables para ayudar a las personas con discapacidades, personas que no hablan inglés y otras personas que no puedan presentar una queja por escrito. Para obtener ayuda para presentar una queja, comuníquese con el Gerente de Servicios Administrativos de la Ciudad de Minden. Las quejas pueden enviarse por correo, correo electrónico, fax o en persona a: The Town of Minden c/o Rachel Hamer 1604 Esmeralda Ave, suite 101 Minden, NV 89423 Teléfono: (775) 782-5976 Fax: (775) 782-5287 Correo electrónico de la oficina: [EMAIL REDACTED] ---PAGE BREAK--- Las quejas también pueden presentarse directamente ante las siguientes agencias: Oficial de derechos civiles Departamento de transporte de Nevada 3014 W. Charleston Blvd., Ste. 150 Las Vegas NV 89102 Teléfono: (702) 730-3301 Fax: (702) 486-0487 fax [EMAIL REDACTED] Departamento de Transporte de los Estados Unidos, Administración Federal de Carreteras, División de Nevada 705 N. Plaza Street # 220, Ste. 220, Carson City, NV 89701 Teléfono: (775) 687-1204 Fax: (775) 687-3803 Correo electrónico de la oficina: [EMAIL REDACTED] ¿Qué sucede después de que se presenta una queja? Las quejas del Título VI deben investigarse dentro de sesenta (60) días. Si la Ciudad de Minden recibe la queja, el Gerente de Servicios Administrativos la enviará al Departamento de Transporte de Nevada o la Administración Federal de Carreteras. Si su queja se envía a una de estas agencias, se le proporcionará el nombre y la información de contacto del empleado que maneja su queja. Investigar una queja incluye entrevistar a todas las partes involucradas y testigos clave. El investigador también puede solicitar información relevante como libros, registros, información electrónica y otras fuentes de información de todas las partes involucradas. Puede especificar si hay una persona o personas en particular que considera que no deberían investigar su queja debido a un conflicto de intereses u otras razones. La ley federal prohíbe las represalias contra las personas porque han presentado una queja de discriminación o de otra manera participaron en una investigación de discriminación. Cualquier presunta represalia se debe informar por escrito al investigador.