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CIUDAD DE JEROME RESOLUCIÓN DE SALUD PÚBLICA NO. 06-20 CONSIDERANDO QUE, la salud y seguridad de todos los residentes y visitantes de la Ciudad de Jerome es de la mayor prioridad para la Ciudad de Jerome, y es el deber estatutario de la ciudad bajo el Código 50-304 de Idaho; y CONSIDERANDO QUE, COVID-19 es una enfermedad respiratoria que puede provocar enfermedades graves o la muerte, es causada por el virus SARS-CoV-2, que es una nueva cepa de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos y que puede propagarse fácilmente de persona a persona. El virus se transmite entre individuos que están en contacto cercano entre sí a través de gotitas respiratorias; y CONSIDERANDO QUE, el 30 de Enero de 2020, el Comité de Emergencia del Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud declaró el brote de COVID-19 como una emergencia de salud pública de interés internacional; y CONSIDERANDO QUE, los Centros de Control y Prevención de Enfermedades informan que las personas son más contagiosas con COVID-19 cuando son más sintomáticas (las más enfermas), sin embargo, la propagación es posible antes de que las personas muestren síntomas o por parte de aquellos que son asintomáticos; y CONSIDERANDO QUE, el 13 de Marzo de 2020, el gobernador de Idaho, Brad Little, firmó una declaración de emergencia para el estado de Idaho en respuesta a las preocupaciones de que los casos de COVID-19 son inminentes en Idaho; y CONSIDERANDO QUE, a partir del 13 de Marzo de 2020, el Gobernador de Idaho emitió una serie de Órdenes que abordan las medidas de salud pública para frenar la propagación de COVID-19, incluyendo una Orden de Mantenerse Saludable firmada el 30 de Mayo de 2020 e incluyendo el Plan de Rebotes de Idaho; y CONSIDERANDO QUE, al 20 de Julio de 2020, Idaho reportaba 14.873 casos totales de COVID-19 confirmados y probables, incluyendo 571 casos nuevos el 19 de Julio de 2020 y 119 muertes hasta la fecha; y CONSIDERANDO QUE, los servicios de emergencia y las instalaciones locales de atención médica tienen una capacidad limitada para manejar un aumento significativo en los casos confirmados por COVID-19 en el condado de Jerome; y CONSIDERANDO QUE, los Centros de Control y Prevención de Enfermedades recomiendan que las personas usen tapabocas de tela en lugares públicos, especialmente cuando otras medidas de distanciamiento social son difíciles de mantener; y CONSIDERANDO QUE, existe una necesidad continua y urgente de proteger a todos los residentes, empleados y visitantes en la ciudad de Jerome de los riesgos relacionados con la pandemia de COVID-19 a través de la protección proporcionada por el uso de tapabocas; y CONSIDERANDO QUE, el Alcalde y el Ayuntamiento de la Ciudad de Jerome consideran necesario agregar recomendaciones adicionales más allá de las definidas en la Orden Mantenerse Saludable del Departamento de Salud y Bienestar del 30 de Mayo de 2020 para reducir la propagación comunitaria y proteger la salud, la seguridad y el bienestar de las personas que viven, trabajan y visitan la Ciudad de Jerome; y ---PAGE BREAK--- CONSIDERANDO QUE, el Alcalde de la Ciudad de Jerome, en consulta con el departamento de Salud Pública del Sur Central de Idaho y los profesionales locales de atención médica han determinado que es necesario y apropiado actuar para mejorar la probabilidad de que COVID-19 permanezca controlado y que los residentes y visitantes de la ciudad permanezcan seguros y protegidos, y las instalaciones de atención médica en la ciudad no sean abrumadas; y CONSIDERANDO QUE, el Alcalde considera que un evento de cierre, similar al que se llevó acabo en Marzo, Abril y Mayo de este año, probablemente devastaría nuestros negocios locales y podría evitarse tomando medidas para mitigar la propagación de COVID-19 dentro de nuestra comunidad, como usando tapabocas; AHORA, POR LO TANTO, la ciudad adopta la siguiente resolución, relacionada con el uso de tapabocas, y permanecerá vigente hasta que el Alcalde o el Ayuntamiento la rescindan, la sustituyan o la modifiquen. POR LO TANTO, EL ALCALDE Y EL CONSEJO DE LA CIUDAD DE JEROME RESUELVEN LO SIGUIENTE: SECCIÓN 1: ESFUERZO COMUNITARIO PARA MANTENERSE SALUDABLE Se recomienda encarecidamente a todas las personas que sigan los "Tres Pasos" para mantenerse saludables y ayudar a la Comunidad de Jerome a mantenerse saludable: "Lávese las manos", "Use un cubrebocas" y "Cuide su distancia". 1. "LÁVESE LAS MANOS": Se recuerda a los residentes, ciudadanos y visitantes de la Ciudad de Jerome que sigan las recomendaciones de los Centros de Control y Prevención de Enfermedades y que se laven las manos con jabón y agua tibia con la mayor frecuencia posible y durante un mínimo de 40 segundos por lavado. Cuando no hay agua y jabón disponibles o prácticos, se recomienda el uso de desinfectante para manos. 2. “USE UN TAPABOCAS”: cuando se encuentre en cualquier lugar público interior o exterior, se recomienda que los residentes, ciudadanos y visitantes de la Ciudad de Jerome se cubran completamente la nariz y la boca con un paño o una mascarilla similar, cuando estén más personas presentes, sujeta a las siguientes pautas: a. DEFINICIONES: Para los propósitos de esta Resolución de Salud Pública, un "lugar público" significará cualquier lugar abierto a todos los miembros del público sin invitación específica, incluyendo, entre otros, establecimientos comerciales, restaurantes y bares, oficinas gubernamentales, médicas, educativas (escuelas), instalaciones religiosas, instituciones artísticas y recreativas, transporte público, incluyendo taxis y vehículos de viaje compartido. “Miembros del público" se refiere a las personas no empleadas allí, presentes sin invitación. b. EXCEPCIONES: i. Niños menores de 5 años. ii. Personas que no pueden tolerar medicamente el uso de un tapabocas. No se requiere que una persona proporcione documentación que demuestre que no puede tolerar medicamente el uso de un tapabocas. iii. Personas con discapacidad auditiva o que se comunican con una persona con discapacidad auditiva, donde la capacidad de ver la boca es esencial para la comunicación. iv. Las personas, incluyendo oficiales de policía, farmacéuticos u otras personas en servicio, para quienes usar un tapabocas crearía un riesgo para la persona relacionada con su trabajo, según lo determinen los reguladores locales, estatales o federales o las pautas de seguridad en el lugar de trabajo. ---PAGE BREAK--- v. Personas que están obteniendo un servicio que involucra la nariz, la cara o la cabeza para las cuales es necesario retirar temporalmente el tapabocas para realizar el servicio. vi. Las personas que estén sentadas en un restaurante con el propósito de comer o beber, o cualquier establecimiento que ofrezca servicio de alimentos o bebidas, siempre y cuando la persona sea capaz de mantenerse a una distancia de 6 pies de las personas que no son miembros de el mismo hogar o grupo que la persona. Esta excepción NO se aplica a la entrada, salida u otro movimiento a través de la instalación. vii. Lugares públicos interiores o exteriores donde las personas pueden, y constantemente emplean distanciamiento social según las recomendaciones de los Centros de Control y Prevención de Enfermedades. 3. “CUIDE SU DISTANCIA”: Se recomienda que los residentes, ciudadanos y visitantes de la Ciudad de Jerome mantengan una distancia física de seis pies (6 entre ellos y otros miembros del público siempre que sea posible. Se alienta a los residentes, ciudadanos y visitantes de la Ciudad de Jerome a evitar reuniones públicas de más de 50 personas a menos que se pueda observar la distancia física y el uso de tapabocas. 4. PARTICIPACION DE NEGOCIOS LOCALES: Se alienta a todas las empresas registradas en la Ciudad de Jerome a hacer cumplir estas recomendaciones en sus instalaciones para todos los que ingresen, ya sean empleados, vendedores, patrocinadores o cualquier otra persona. a. Se reconoce que las empresas pueden encontrarse con clientes agresivos o enojados que no desean usar tapabocas y, en algunos casos, clientes que no pueden usarlo debido a una condición médica como se excluye anteriormente. La ciudad reconoce que las empresas operan según los principios de la propiedad privada y pueden abordar estos conflictos según lo consideren apropiado, siempre que hagan un esfuerzo razonable para cumplir con este requisito. La ciudad alienta a las empresas a proporcionar tapabocas de venta (o de forma gratuita) o hacer otras acomodaciones para dichos clientes, como ofrecer servicios sin tener que entrar al establecimiento. 5. FOMENTAR A PUBLICAR Y APLICAR: Se alienta a todas las empresas a publicar esta Resolución, o un resumen aprobado de la misma en un lugar visible en todas las entradas públicas a sus instalaciones, y se alienta a hacer un esfuerzo razonable para hacer cumplir estas sugerencias con todos los que ingresen a sus locales. SECCION 2: FECHA EFECTIVA Esta resolución entrará en vigencia a las 12:00 a.m., el 22 de Julio de 2020 y permanecerá en pleno vigor y efecto hasta que el Alcalde o el Ayuntamiento la rescinda, la sustituya o la modifique. Aprobado por: David M. Davis, Alcalde ATESTIGUÓ: Bernadette Coderniz, Secretaria Municipal